Buenas tardes Cristina:
Un conocido me ha comentado la existencia de una ley (no recuerda la identificación de dicha ley) según la cual, en los casos de compra de una vivienda valorada en 160.000€ en Andalucía para menores de 35 años, se debería pagar el 3,5% de 130.000€ + el 8% del restante, es decir, el 8% de 30.000€. ¿Es esto cierto?
En el caso de ser correcto, ¿Cual sería el procedimiento para reclamar la devolución de lo que se ha pagado de más?
Muchísimas gracias por tu ayuda, un saludo.