Junta de Andalucía – Estimación de Alegaciones

malaga-beachSi preguntáis en vuestra oficina liquidadora lo más probable es que os digan que no sirve de nada hacer alegaciones porque os las van a desestimar.

Si alguna vez os dice alguien que no vale la pena hacer alegaciones no confiéis demasiado en sus consejos.

El mejor final que pueda tener un procedimiento de recurso de comprobación de valores, es que, a través del escrito de alegaciones o del recurso de reposición, la oficina liquidadora acepte el valor declarado.

Que la oficina liquidadora acepte el valor declarado significa no sólo la baja de la liquidación practicada, conlleva además la imposibilidad de emitir una nueva comprobación de valores.

Los que ya me conocéis del foro antiguo sabréis que no es mi primer caso ganado en alegaciones, y sabréis también de mi insistencia en hacer un buen escrito de alegaciones, y todo aquello que hayáis podido omitir por la falta de tiempo es necesario incluirlo en un recurso de reposición antes de hacer la reclamación económico-administrativa.

Un buen escrito de alegaciones no garantiza en absoluto la aceptación del valor declarado, pero sí te crea un buen respaldo para defender tus intereses ante el Tear. Una reclamación económico-administrativa en la que lo alegado no ha sido incluido en los escritos dirigidos a la oficina liquidadora puede ser peligroso, pues se está privando a la propia Administración de la posibilidad que tiene de rectificar.

Os adjunto MODELO 029 «OTRAS NOTIFICACIONES» en el que se comunica al  contribuyente la ACEPTACIÓN DEL VALOR DECLARADO procediendo a DAR DE BAJA LA LIQUIDACIÓN.

Oficina liquidadora: Málaga

Método de comprobación: Valor Catastral x Coeficiente Multiplicador

Fecha de compra: 20 de diciembre de 2012

Uso: Residencial

Importe reclamado: 11.056,27 euros

Recepción propuesta de liquidación: 13 de noviembre de 2013

Recepción estimación alegaciones: 21 de enero de 2014

Resultado Final: El mejor  😀

 

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113 comentarios en «Junta de Andalucía – Estimación de Alegaciones»

  1. Hola buenas noches. Mi caso es en referencia a una comprobacion de valores que nos hizo la Junta de Andalucia. Nos reclamaron el 7% en vez del 3, 5% que pagamos en su momento. A nosotros nos dijeron que si no aceptabamos la sancion, la Junta podria tomar como valor el de tasación. El valor de tasación es superior al del piso. Entonces nos sentimos un poco indefensos y decidimos firmar la conformidad y pagar. A dia de hoy solo nos queda por ingresar un pago. Pero mi pregunta es si una vez que hemos firmado la conformidad y ya hemos pagado casi todo¿ habria forma de reclamar ahora, o por el contrario no hay nada que hacer?

    Responder
    • Buenas noches.

      Para qué utilicen un método más perjudicial que otro tienen que explicar los motivos, no lo pone la Ley pero sí la jurisprudencia, así que te engañaron un poquito.

      Yo ya no veo nada que hacer, aceptaste la valoración.

      Lo siento de veras.

      Un saludo.

      Responder
      • Buenas tardes Cristina, acabo de leer tu comentaro. Realmente que podias haber pedido una devolucion de ingresos indebidos, pero si no me equivoco eran 6 meses. El hecho de pasar del 3,5 al 7 es porque te revisarian el valor y superaria los 130000€, porlo que no se te podia aplicar el tipo reducido.

        Responder
    • Buenas tardes,
      Cristina he comprado un piso del banco la caixa por 57500 euros me lo taso en banco por 70000 euros, el valor que viene en el recibo del ivi valor catastral 42100 euros la vivenda la adquiri hace tres semanas…estoy preocupada por la complementaria si me llegara mucho dinero o no en que se basan para reclamarte ese dinero por que en el recibo del ivi el valor es menos por el que yo he comprado
      Atentamente

      Saludos coridales

      Patricia

      Responder
  2. Muy buenas, ante todo agradecerte la molestia de crear esta pagina.
    Mi caso es que compre una vivienda en jerez de la frontera calificada como proteccion oficial de promocion privada. se escrituro en 88000 euros y se pagó el 8% para el impuesto de transmisiones patrimoniales.
    Pues bien, ahora la delegacion de hacienda de la junta de andalucía me manda una «liquidacion provisional», la cual me dice que la delegacion de vivienda establece que la base imponible son 101440,78 como precio fijado maximo de venta. y me exige que pague la diferencia de los intereses al 8% de 88000 a 101440,78 mas los intereses. Mi pregunta es, cual es la legislacion que dice que se tome como base imponible el precio maximo de venta de una vivienda de proteccion oficial de promocion privada? gracias de antemano

    Responder
    • Hola Antonio.

      Que yo sepa no hay ninguna Ley que diga que se tome como base el importe máximo de venta de una vivienda protegida. Lo que pasa es que ellos saben que no pueden valorarla en más porque perderían con toda seguridad.

      Las complementarias las giran por mero afán recaudatorio, y lo único que nos queda es luchar contra ellas.

      La Administración no es un ente divino, se puede recurrir y en la mayoría de las veces, haciéndolo bien, se gana.

      Me gustaría saber que método te han empleado.

      Un saludo.

      Responder
      • Muy buenas Cristina,no se muy bien a «que metodo» te refieres. La verdad es que estoy bastante verde en esto y ahora, cuando ya tenia practicamente olvidado el tema de la compra del piso, me vienen ahora con la «propuesta de liquidacion provisional» con la que pretenden embolsarse de mi bolsillo la considerable cantidad de 1190 euros. Si quieres te puedo enviar unas fotos de la dichosa liquidacion provisional. Dime a que direccion te lo puedo mandar. Y muchisimas gracias por tu molestia de contestarme

        Responder
  3. Hola Cristina:

    ¿Dónde podría descargar un modelo de alegaciones?

    Escrituré mi vivienda en diciembre pasado por el precio que pedía el anterior propietario: 115000 euros. Acto seguido, tras salir de la notaría fui a pagar el impuesto de TP al banco: el 10% de lo que había pagado.

    10 días después el notario me dio las escrituras, y aunque ni las leí, ahora he visto que en las escrituras se ha incluido una hoja con membrete de Administración pública, donde reza que el «valor de referencia a efectos de aplicación de…. tributos» es 129.548 euros.

    Ahora la Administración me ha mandado una carta y me dicen que el valor real del piso es de 170.000 euros, reclamándome casi 6000 euros.

    Cuando he preguntado en la oficina administrativa me han informado que el valor a efectos de tributos de 129.548 que aparece en las escrituras es el que tenía que haber considerado como base para pagar el ITP; pero como no lo hice así, tendré que pagar por 170.000 euros que es el nuevo valor comprobado según una norma que se aprobó el 20-diciembre, posteriomente a que yo comprara el piso, pero que se aplica a todas las revisiones.

    ¿Puedo alegar que aunque el valor realmente pagado por mí es de 115000 euros, estoy dispuesto a abonar el impuesto utilizando como base los 129548 que parece «valor comprobado» el día que escrituré?
    Al parecer esa nueva norma aprobada en 20 de diciembre indica que los valores comprobados de los inmuebles serán el 3,23 multiplicado por el valor catastral, aunque cuando yo compré el piso los valores comprobados resultaban de multiplicar otro coeficiente por el valor catastral.

    Ruego que me indiques si puedes qué alegar ante la administracion.
    Gracias

    Responder
    • Buenos días Jesús.

      Si me mandas por email la propuesta que has recibido te indico lo que se puede alegar.

      No se puede aplicar una ley con carácter retroactivo en perjuicio del contribuyente, va en contra de la Constitución, así que no intenten tomarte el pelo.

      Un saludo.

      Responder
      • Hola, Cristina:

        Te he enviado un correo electrónico con la información que me indicas.

        En el apartado de Fundamentos normativos se dice que «la comprobación del valor se realiza de acuerdo con lo establecido en la Orden 23/2013, de 20 de diciembre…. por la que se establecen los coeficientes aplicables en 2013 al valor catastral a los efectos de la comprobación de los valores de determinados bienes inmuebles de naturaleza urbana en los ámbitos de los impuestos sobre TP…..»
        Gracias.

        Responder
  4. Buenos días Cristina, podrías ayudarme? El pasado mes de noviembre compré una vivienda en el Casares (Málaga) y pagué el correspondiente ITP con relación al precio de la compraventa, aunque ya me advirtieron que recibiría una complementaria y así ha sido. Me gustaría saber qué tengo que hacer para alegar y qué documentación debería remitirles o algún modelo de alegaciones. La carta la recibí el pasado día 19 de Febrero y tengo 10 días. Un saludo y muchas gracias de antemano por tu respuesta.

    Responder
  5. Hola Cristina: entre yo y mi hermana hemos comprado una plaza de garje por 17mil.Hacienda dice que vale 21.En esta zona los precios han bajado mucho y esta plaza tiene varios inconvenientes que abaratan su precio.Estuvo anunciada meses en 18 y no hubo ni ofertas.¿Podemos alegar ?

    Responder
  6. Hola Cristina. Te envié ayer correo desde el antiguo foro, como no sé si está operativo, utilizo este medio también, por si acaso..
    Compramos una pisito en la localidad de ROTA, Cadiz, hace 5 meses. Pagamos el ITP del precio de compraventa(112000), sin trampa ni cartón. Ahora dice hacienda que el valor catastral multiplicado por 4 (coeficiente multiplicador de Rota) es casi 185000 euros, lo que hace que les debamos casi 6000. He intentado averiguar qué puedo alegar. ¿Cómo puedo saber si el valor catastral está correctamente calculado? No encuentro la ponencia de valores en Rota. Me parece sencillamente un robo. ¿Hay algo que pueda alegar?. Agradecería cualquier consejo. Muchas gracias.

    Responder
    • Hola José luis.

      Como hemos hablado la ponencia de valores de Rota es del año 98 y por tanto caducó en 2008.

      Y al ser anterior a 2004 no está publicada en el catastro.

      Utiliza el modelo que tengo colgado para solicitar el cálculo.

      Se espera tengas la respuesta antes de ir al tear.

      Tenemos muchos valores catastrales mal calculados.

      Y recuerda que puedes alegar también que no tienes actualizado el coeficiente de antigüedad por ser tu vivivenda del 2003, compra en 2013 y revision catastral antigua.

      Un saludo.

      Responder
  7. Hola Cristina, me gustaria ponerme en contacto contigo a ver si puedes aclararme, ayudarme o indicarme el camino a seguir.
    Me han enviado una propuesta de liquidación de 20920,75 euros. Por una vivienda comprada al banco en Junio de 2012, en Trigueros, Huelva.
    Recibí la notificación el jueves 3 de Abril y me dan 10 dias para alegaciones.
    Espero su respuesta,
    Gracias.

    Responder
  8. Estimada Cristina,

    el año pasado compré un puesto de amarre en el Puerto de Sotogrande realizando una oferta muy a la baja y consiguiéndolo en 35.000€. Me ha llegado una complementaria muy bien estructurada mediante el método de comparación. Han buscado en internet los precios de amarres de 12 x 4,5 mts (como el mío) en venta en Sotogrande, del listado han quitado los más bajos y los más altos y han hecho una media que han multiplicado por 0,7 que es lo que consideran como lo que se puede bajar en la negociación. En resumen, les sale que mi amarre tiene que valer 61.000 € y me han girado la correspondiente complementaria. Realmente a mi me lo ofrecieron en 60.000 € pero dije que solo pagaba 35.000 € y lo aceptaron. ¿Por qué tengo que aceptar la tasación de ellos? En el listado que ellos han mandado hay uno en venta por 42.000 € que si lo multiplicas por 0.7 salen 29.400 €. ¿Por qué no consideran que yo he podido comprar uno como ese?

    Muchas gracias por todo.

    Un saludo.

    Responder
  9. Hola Cristina, te felicito por tu trabajo. Te cuento: el 8 de mayo he recibido una propuesta de liquidación complementaria por un piso que compré el 8.2.2012 por 115.000 euros en sevilla. Hacienda lo valora en 174.957 tras multiplicar el valor catastral por 4.1. Sin embargo veo que el valor catastral está calculado en base a datos erróneos. la superficie que figura en catastro es de 104 m2, cuando en realidad, sumando la cuota en elementos comunes ascienda a 77 m2. la antigüedad de la finca es de 1964 pero en catastro afirman que fue sometida a rehabilitación integral en 1985, lo que es falso, la cuota de participación en elementos comunes aparece fijada en 4,1 % cuando en realidad es del 3.5%. En catastro me dicen que el expediente de subsanación de errores puede llevar 6 meses. Qué podría hacer si Hacienda emite antes de dicho plazo su liquidación definitiva? Podría pedir una nueva valoración conforme a otros valores como la tasación bancaria (135.000 Euros) o los valores cubiertos por el seguro de la casa (91.000 Euros)? Podría pedir una nueva valoración por parte de Hacienda ante las deficiencias de construcción y conservación que detallo en el escrito de alegaciones? Gracias por tu atención y perdona por el rollo. Un saludo

    Responder
    • Buenas noches Juan Manuel.

      Ya lo he borrado. Sí, todo lo que se adjunta aquí lo puede ver todo el mundo.

      De las alegaciones solamente me quedaría con el error de superficie, adjuntando documento que lo acredite, el resto no lo pondría, y menos la tasación bancaria que está por encima del valor declarado.

      Omites la falta de motivación por no explicar cómo está calculado tu valor catastral y la falta de visita para comprobar que los datos que hay en el catastro se corresponden con la realidad.

      Si con la diferencia de superficie te deniegan las alegaciones avísame.

      Un saludo.

      Responder
  10. Gracias Cristina, muy amable. Mi duda es si ir a por el precio de la compra, o bien ofrecer a Hacienda una valor intermedio como es el de tasación, es decir, un «ni tu ni yo» para que el latigazo sea menor. Ya te contaré en qué acaba esto. un saludo y gracias nuevamente.

    Responder
  11. Hola cristina, en almeria en 2014 no han publicado coeficientes pero si han bajado valor catastral, si me compro una vivienda ahora en la junta me han dicho que cogerian el valor catastral del 2013 en vez de el del 2014. Llevan razon o se equivocan y me deberian de aplicar ultimo coeficiente y ultimo valor catastral? Gracias

    Responder
  12. Buenas tardes, Cristina:
    Nosotros compramos hace una año una vivienda en Benalmádena- Málaga.
    No presentamos las alegaciones porque, como bien comentas, en la oficina nos dijeron que no eran necesarias y no valdrían para nada.
    El pasado día 10 de mayo enviamos el recurso de reposición. ¿Cómo tendríamos que hacer para la reclamación económico-administrativa?
    Gracias

    Responder
    • Hola Eva.

      Perdona el retraso.

      Te vence el plazo el día 10 de junio, pero no lo apures.

      La reclamación aunque se haga para el TEAR has de presentarla en la misma oficina liquidadora, ellos lo remiten internamente.

      Que puedes alegar? Es que depende de cada caso?

      Cuánto te están reclamando?

      Un saludo.

      Responder
      • Hola de nuevo. Tenía entendido que la reclamación económico-administrativa se presentaba al mes de haber puesto el recurso. Aunque todavía no tengamos la contestación ya hemos de presentarla? Tengo que poner lo mismo que en el recurso?
        Nos reclamaban 1600€ aprox., los pagamos para que no se incrementasen con los intereses. Si fallan a nuestro favor reclamaremos la devolución. Gracias

        Responder
          • Gracias Cristina.
            Entonces, según lo que he entendido, cuando me contesten al RR presento la reclamación economico-administrativa. ¿cuánto tiempo tengo desde que me contesten? ¿y si no llegan a contestarme?
            Saludos.

  13. Buenas noches, mi consulta es la siguiente:
    La Generalitat Valenciana en sus procedimientos de comprobación de valores en base al valor de tasación hipotecario motiva su propuesta de liquidación provisional en base a la STS 7 diciembre 2011 (STS 8407/2011) que fija como doctrina legal la aceptación del valor de tasación hipotecaria como valor real sin necesidad de más pruebas por parte de la administración.
    Mi pregunta es: ¿podría recurrirse esta motivación en el caso de una vivienda adquirida con anterioridad a esa fecha del 7/12/2011 y alegar por contra que el precio escriturado sobrepasaba el límite mínimo fijado en ese ejercicio en base al valor catastral? muchas gracias

    Responder
  14. Buenas tardes Cristina.

    Acabo de comprar una casa en el Pto Sta Maria (cadiz), e pagado unos impuestos del 3,5% del valor de la compra (81000).

    Estoy esperando la liquidación complementaria, que incluso el notario me dijo que me llegaría en menos de un mes. En mi ciudad sé que aplican el valor catastral x coeficiente. Que en total asciende a 125000 el valor de mi vivienda.

    Cuando me llegue la liquidación me gustaría me ayudases a redactar el recurso.
    Tengo mas datos que aportarte, como que el año de construcción de la vivienda es de 1990, que acabo de hacerle una tasación oficial previa compra y el valor tasado es de 91000.

    Gracias y espero su respuesta.

    Responder
  15. Buenas noches Cristina

    He encontrado este blog y necesito algo de luz sobre impuesto de transmisiones.

    Mi hijo por cuestiones familiares vive con unos tíos muy mayores y los esta cuidando, hicieron testamento dejándole todo en herencia. Hace poco decidieron poner la vivienda a su nombre para así evitar impuesto de sucesión. La casa es un primera escritura y ahora le han dicho que tiene que pagar el 8% en lugar del 3,5% previsto (menor de 35 años y como adquiriente que sea vivienda habitual).
    La casa esta valorada por catastro en 98.000 eur, y entraba dentro de un baremo hasta 130.000 eur, pero al aplicar el coeficiente multiplicador se pasa en 4.000 eur y el impuesto sube cerca de 11.000 eur.

    Estoy muy contrariada, el no trabaja, tiene 23 años y estuvo en Málaga el miércoles y en la Junta le dijeron eso es lo que hay…

    Pagara en cuotas durante dos años con intereses, mi pregunta es: puede hacer algun tipo de alegación de disconformidad sobre el coeficiente? Puede declararse insolvente? Puede presentar algún tipo de recurso sobre el cuidado del tío enfermo?.

    Por favor Cristina no se a quien mas recurrir, yo vivo en Barcelona y estoy muy limitada en estos asuntos.

    Si puede ser por un privado explicaría extensamente todo.

    Muchísimas gracias

    Yolanda HS

    Responder
    • Buenas noches Yolanda.

      Envíame por favor la propuesta por email. Supongo que estaréis en plazo de recurrir porque como comentas de que pagará en dos años me surge la duda.

      No, del tío no se puede decir nada. Por favor omitir problemas personales en los escritos, no valen de nada. Nadie os dará la razón por dar pena.

      Un saludo.

      Responder
  16. Buenas noches:

    Según lo que he entendido, cuando me contesten al RR presento la reclamación economico-administrativa. ¿cuánto tiempo tengo desde que me contesten? ¿y si no llegan a contestarme?
    Saludos.

    Responder
  17. Buenos dias

    Resumo mi caso
    Compra en Galicia a Bankia por importe de 56100.
    Recibo complementaria por valorarme la vivienda en 85020, segun valores medios de mercado.
    Tengo una tasación por un importe de 68630.
    Como enfoco la alegación, presento la tasación.
    La vivienda esta deteriorada (alguna filtración de humedad, etc.), pero habitable.

    Un saludo y muchas gracias

    Responder
  18. Muy Buenas Tardes,os escribo para ver si me podeis dar algo de luz. Hoy he recibido dos notificaciones de la oficina liquidadora de la Junta de Andalucia, en octubre de 2013 compramos una casa de promocion nueva en una residencial en Chiclana de la Fra.(Cadiz). El promotor nos ofreció a todos los compradores 105000 euros por la casa y 5000 euros por un garaje. Todos de acuerdo y 14 familias la compramos. Ahora me ha venido dos liquidaciones complementarias ya que segun la Junta de Andalucia la casa y el garaje valen 214000. Debido a que el valor es mayor de 130000 y aunque soy menor de 35 años, dicen que no estoy exento de la reduccion aplicada a las condiciones que he dicho,por lo que tengo me pagar lo que me falta, casi 5000 euros. He estado mirando en tu foro y todas las cuestiones son por compras de vivenda de segun da mano, pero en mi caso es nueva, no tenemos ni referencia catastral todavia ni valor catastral y la junta de andalucia se ha sacado de la manga el valor de la casa. Que puedo hacer?en el recurso que haga adjunto la tasacion que hicieron para la hipoteca?
    Muchas Gracias de antemano por contestarme

    Responder
  19. Estimada Cristina, soy otro de tantos. Antes de nada saludar a todos los que visitan tu web y agradecer la ayuda que presatas.
    Ayer me dejaron un aviso de correos, lo recojo hoy y al abrirlo me han hecho los ojos chirivitas, al leer la cantidad que me reclaman por lo que llaman una liquidación complementaria. Nunca había escuchado hablar de ella, pero os prometo que ya no se me olvida. Soy de Sevilla y me reclaman la cantidad de 1.843€, por un local de 20 m2 que compré por, 9.000€ y que dicen que su base imponible es de 30.913,84 (vamos lo que no cuesta un piso de los que estan en la misma finca). En fin he leido mucho en tu web, la cual agradezco que crearas, y parece que aun hay alguna solución. Como he visto que en ocasiones pides te envien por email lo recibido, me he tomado la libertad de escanear lo que he recibido y de enviarlo a tu correo (lo he visto en alguan sección a ver si lo encuentro), espero no abusar.
    Te estaría eternamente agradecido si pudieras echarme una mano, me pilla en un momento, como a muchos, apretado.
    Un saludo a todos y muchas gracias Cristina.

    Responder
  20. Buenas tardes Cristina,

    Gracias de nuevo por la creación de esta web nos da esperanza de poder reclamar y salir airosos de este impuesto abusivo e injusto.

    Espero que no te moleste, me he visto en la obligación de enviarte un email explicándote mi caso por si me puedes echar una mano para redactar el recurso y los pasos a seguir ya que tanta información de golpe sumado a la desesperación imagino que te harás una idea.

    Si necesitas que aporte más información no dudes en decírmelo

    Gracias, me quedo en espera de tu respuesta.

    Responder
  21. Buenos días Cristina al igual que todos los amigos del foro.. Me llego la temida complementaria.. Me reclaman un total de 8.000 euros entre actos jurídicos documentados e ITP… Ya que compre por 121.000, ya sabes, menor de 35 y compra en la junta, pues bien el valor que reclaman es por 130.100, al igual que otro comentarío anterior me informo la chica de la oficina liquidadora que ignorara el periodo de alegaciones. Que debo hacer? Agradecería un poquitín de ayuda, un saludo y gracias por todo.

    Responder
  22. Buenos días.
    Mi caso es muy similar al que está puesto como ejemplo al inicio. Soy de Málaga y me piden más de 1300 euros ya que «valor catastral» x «CMVC» es mayor que lo que me costó la vivienda.
    La notificación me llegó en octubre de 2013 y no presenté alegaciones.
    Pero he visto que has ganado el caso del ejemplo del principio y si me lo puedo ahorrar, pues mejor.
    ¿Todavía estoy a tiempo?
    Gracias.

    Responder
  23. Hola buenas,
    Mi caso es el siguiente, compre una casa en Mijas(Málaga) en enero de 2014, por 210.000 euros, e valor catastral de la casa es de 177.500 euros, la tasación del banco es de 240.000 euros y la oficina liquidadora me pide el iva del importe restante de 230.000 a 210.00.
    Me han dicho que la unica forma de ganar es con una tasación pericial independiente, pero con la tasación del banco me parce que empeoraria las cosas.
    Muchas gracias, de antemano.

    Responder
    • Buenos días.

      Mijas tiene revisión catastral con efectos 2004, a ras de la caducidad.

      Has de mirar con lupa temas de superficies y posibles cargas registrales.

      La tasación pericial contradictoria es un derecho que tienes que reservarte pero no la hagas nunca hasta que llegue el momento y solo en caso de interesarte. Seguramente te hayan recomendado hacerla diretamente en la oficina liquidadora, es una costumbre que tienen, así se aseguran recaudar aunque sea algo menos.

      Un saludo.

      Responder
  24. Hola,buenas tardes.
    En mi caso recibi una complementaria por una compraventa de una vivienda a un banco, en mayo de 2014 en Cordoba, se liquido por 105.000 al 8%, el valor comprobado estimado me dicen que es 158.000. He hecho alegaciones por falta de motivacion, discrepancia con los valores del registro de la propiedad, no coinciden los mts. construidos, y caducidad de la ponencia de valores, es de 1994, y me las han dengado como era de esperar. Voy a hacer recurso de reposicion, para ganar tiempo, e ir preparando la reclamacion al Teara, mis preguntan son:
    He leido una sentencia en la que una vez el Tribunal Economico resuelve, si es negativa, empieza a contar el plazo (un mes) para presentar la TPC, ya que se ha terminado la via administrativa.¿Es asi?.
    Entonces, si recurro al contencioso administrativo, y no me aceptan el recurso ya no puedo hacer la TPC?. No puedo hacer las dos cosas a la vez, no?
    Otra cuestion, el coeficiente del año 2014, lo han publicado en julio, una verguenza, lo han bajado del 2,94 al 2,46, me han aplicado el de 2013, hay alguna base legal en la que me pueda apoyar para que me apliquen el de 2014.

    Gracias, un saludo.

    Responder
    • Buenos días Joaquín.

      O se ejercita el derecho a hacer la tpc o te vas al contencioso, hay que escoger. No veo motivo para que en el TSJ no te lo admitan.

      De todas formas yo no le veo problema en ganar en vía administrativa más aún cuando te han utilizado el valor catastal de 2013 habiendo comprado en 2014. Es una alegación muy fuerte.

      Un saludo.

      Responder
  25. Buenas tardes, estamos en proceso de comprar una vivienda en puerto real. No hay trampa ni cartón, pagamos lo que nos pide, pero el valor catastral asciende a unos 8.000 euros más. No tendríamos problemas en pagar el itp de ese valor catastral, pero nos han dicho que debemos hacerlo en base al valor catastral por el coeficiente. Lo que hace que la vivienda valga un 150% más a efectos para la aplicación del impuesto. No entiendo como voy a pagar un impuesto de algo por un precio que no he pagado.

    Espero su respuesta, mil gracias.

    Responder
  26. Buenas días Cristina. En noviembre de 2013 compramos una unifamiliar de promocion nueva en Cadiz. El promotor ofertó las unifamiliares por 99.000 euros y 4.500 euros por un garaje. Y así compre una casa y un garaje, al igual que el resto de vecinos. Ahora me ha venido dos liquidaciones complementarias, una a mi y otra a mi pareja, ya que segun la Junta de Andalucia la casa y el garaje valen 208.000. Mi pareja y yo somos menores de 35 años, por eso nos beneficiamos de la reducción en los actos jurídicos documentados. Pero la Junta como dice que el valor real según ellos es mayor de 130.000, dicen que no estamos exentos de la reducción aplicada, y que nos falta por pagar a cada uno unos 1.480 euros, entre los dos 2.970 euros. En mi caso es la compra de una vivienda nueva, y no tenemos ni referencia catastral todavía ni valor catastral y la Junta de Andalucía ha calculado el valor de la casa según los precios de referencia del Colegio de Arquitectos y del suelo dividiendo el valor catastral del terreno completo dividido por los metros que ocupa mi casa. ¿Que puedo hacer? Merece la pena descargar toda la artillería ahora en las primeras alegaciones? Entrego ahora en estas alegaciones la tasación que me hicieron para la hipoteca? O es mejor entregarla en algún otro trámite futuro? Muchas gracias por tu web y por la ayuda que puedas darme.

    Responder
    • Buenos días Ruiz.

      He visto más veces ese método, lo utilizan cuando no existe valor catastral o solamente existe el del suelo por no haberse inscrito aún la construcción en el catastro.

      Si me envias la notificación por email te la miro.

      Un saludo.

      Responder
      • B dias Cristina,

        Muchas gracias por tu atención.

        Ya me ha llegado la Carta con la Liquidación Definitiva.

        Pretendo hacer una Reclamación ante el Tribunal Economico Administrativo con Reserva de la tasacion pericial contradictoria. Pretendo alegar falta de motivacion suficiente y falta de visita y entregar una tasacion particular en la que se dice que el valor es mucho menor.

        Pero no se que podria alegar con respecto a que mi casa no tiene aun valor catastral.

        Como me aconseja que encauce mejor este recurso.

        En el anterior comentario me dijo que le enviara la documentacion por email, pero no se a que direccion de email enviarselo.

        Muchisimas gracias. Ha sido un placer encontrar una web que ayude a todas las personas que nos vemos ante este injusto problema.

        Un saludo

        Responder
          • Buenos días Cristina,

            Ya le envié por email los documentos que me envió la administración.

            Tengo además dos dudas. Puedo realizar conjuntamente la reclamación de mi pareja y la mia, puedo acumularlas? o tengo que hacer dos escritos.

            Es mejor ir directamente a la reclamacion ante el TEAR o primero hacer recurso de reposicion y luego al tear?

            Muchisimas gracias por su ayuda.

  27. Buenas tardes Cristina le comento el «problema»:
    Mi abuela falleció en enero de 2013 y mi madre y sus 3 hermanas presentaron la liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones en mayo (dentro de plazo). La cuestión es que le ha venido a mi madre una liquidación porque calculan el valor de la casa de mi abuela mediante valor catastralxcoeficiente de 2012 diciendo que el coeficiente corrector de 2013 no se publicó hasta el 22 de Febrero. Mi pregunta es ¿no es correcto lo que hicimos? se declaró el valor catastral de 2013 (de una ponencia nueva con entrada en vigor 1 de enero 2013 con valor conocido con anterioridad) por su nuevo coeficiente corrector (ya que en mayo ya se conocía).
    ¿puedo alegar que el hecho imponible se produjo en 2013 (fallecimiento) y que a fecha de presentación ya estaba publicado el nuevo coeficiente corrector?

    Muchísimas gracias de antemano.

    Responder
  28. Hola Cristina: Estoy desesperada porque he recibido liquidacion provisional de I.T.P. por la compra de un piso. Tengo que pagar 4000 €. Me podrías enviar a mi correo un modelo de alegaciones??. Muchas gracias

    Responder
  29. Buenas Cristina, mi caso es el siguiente.
    Compraventa por 90 mil, igual hipoteca. Casi a los dos años recibo complementaria, y multiplicando valor catastral por coeficiente, sale superior a 130 mil con el consiguiente aumento de los coeficientes de liquidación.
    Lo curioso es que la tasación que me hicieron para la compraventa era inferior a los 130 mil.
    Que puedo hacer.?
    Gracias

    Responder
  30. Buenas, En marzo de 2014 compré una vivienda en Benalmádena al banco por 53.100€ que es la tasación que hicieron ellos y por lo que escrituramos, y ahora me ha venido la complementaria donde indican que el valor catastral es de 53.427,77 €, y aplicando los valores de *1,10/0,85 les da un valor de 69.141,82€, reclamandome la diferencia. En la hoja que me han dado indican que el año de aplicación de la revisión catastral es de 2006. ¿qué puedo hacer?
    Gracias

    Responder
    • Hola Francisco,

      Yo estoy exactamente en tu misma situación, también una vivienda en Benalmadena, aunque mis valores son un poco más altos. Compré por 64000€. El valor catastral es de 83747,47 aplicando el coeficiente (1.10/0.85), resulta 108379.09 €. Reclamando mas de 3600€.

      ¿Has hecho las alegaciones? ¿quién te está llevando el caso?

      Un saludo y animo

      Responder
  31. hola,lo mio es un poco diferente,yo compre el piso en el 2012 y en notaria me advirtieron que me vendría una complementaria con recargo o pagarla voluntariamente,fueron 1800€ y opte por pagar.¿puedo hacer reclamación para que me devuelvan mi dinero?
    SALUDOS Y GRACIAS

    Responder
  32. Hola Cristina,
    Solo una consulta muy breve, soy de Barcelona y voy a comprar un piso por un valor de 95000 cuyo valor catastral es de 99250, seguro que me enviaran una declaracion complementaria, sabes de que valir sera y si la puedo recurrir y si el banco me pondra problemas?
    Muy agradecido y felicitaciones por tu labor

    Responder
  33. hola Cristina, compre a la caixa en sept 2014 , una vivienda residencial en aljaraque , huelva, por una cv de 189000 eur con un valor catastral declarado y adjunto a la escritura de 86825 eur año de aplicacion de la valoracion de la revision 2010.pague en itpajd 15120 eur ( 8%) y he recibido una propuesta de liquidacion de 17855.44 eur por aplicacion de CMVC 2.57 segun nuevos coeficientes de aplicacion del municipio desde julio 2014. puedo hacer algo con esto ? lo recibi la semana pasada aunque esta fechado el 20/10/14 gracias.

    Responder
  34. Buenos días. Ante todo muchas gracias por crear esta plataforma de consultas y ayudar a los contribuyentes. Soy de Andalucía, mi caso es que en 1991 murieron ,desgraciadamente, mi madre y mi hermano. Mi hermano estaba casado y tenía 3 hijos menores de edad. Ahora en 2014 mis hermanos y yo hemos resuelto el tema, al ser mis sobrinos ya mayores de edad. Hicimos una tasación privada de la tierra y le hemos comprado su parte, y también compensamos a su madre; todo ello en el Notario con Escritura. Se trata de poco valor, porque es secano.
    La Agencia Tributaria nos envía una propuesta de liquidación de transmisión patrimonial con intereses de demora porque dijimos que estaba prescrito. Mi pregunta es si podemos hacer alegaciones y qué podemos manifestar. Y otra cosa importante, ¿los intereses de demora siguen aumentando si se hacen alegaciones?
    Gracias de antemano y un saludo.

    Responder
  35. Buenas tardes Cristina, en primer lugar mi enhorabuena por toda la yuda que ofreces. Podrías ayudarme por favor? El pasado mes de junio compré una vivienda en Lepe (Huelva) y pagué el correspondiente 8% ITP con relación al precio de la compraventa, aunque ya me advirtieron que recibiría una complementaria y así ha sido. Me gustaría saber qué tengo que hacer para alegar y qué documentación debería remitirles o algún modelo de alegaciones. La carta la recibí el pasado lunes 15 y tengo 10 días. Te envío la carta por email. Un saludo y muchas gracias de antemano por tu ayuda y atención.

    Responder
  36. Hola Cristina!!! Acabo de recibir la dichosa carta de Hacienda reclamando casi 1200 eurazos. La cuestión es que la vivienda salió por 68.000 euros y Hacienda dice que está valorada en 108.000 euros. Estoy un poco perdido porque en el escrito nombra diferente legislación estatal y autonómica que hace ser más enrevesado aún. Habría alguna posibilidad de que me echaras una mano para saber como enfocar las alegaciones??? Muchas Gracias por tu atención.

    Responder
  37. Hola Cristina:
    Compre en Octubre 14, un piso de P.O. en Puerto Real (Cádiz), al precio de 70.000 euros, pagando los correspondientes tributos (sobre dicha cantidad). He recibido de Hacienda, una complementaria exigiendome el pago de 3.500 euros, alegando que tengo que tributar por el precio maximo de venta, 115.000 (1300 euros metro cuadrado).
    Podrias informarme si puedo hacer alguna reclamación, y si merece la pena hacerla. No me gustaría tener que pagar más en intereses de demora.
    En espera de noticias, un cordial saludo:

    Eduardo

    Responder
  38. Hola, me he comprado unas plazas de garaje y me ha costado 3990 cada una, y las he escriturado el día 20 de este mes, ahora tengo que pagar a impuestos y los demás vecinos que compraron al mismo precio que yo les ha venido una denuncia de 1500e, yo no quiero a ser posible que me llegue nada, el valor catastral de la finca es 6070e, en la tabla dice q tengo que escribir los impuestos por 13700e me parece mucho dinero más que el valor del gagaraje, tu crees que si le pongo 9000e me revisarán, están revisando todas, que margen de error hay normalmente. Un saludo

    Responder
  39. Buenos días Cristina,

    Me pasa como a todos los que han comentado….
    He recibido una propuesta de liquidación sobre una compra que se realizó en el año 2013.
    El importe según catastro es de 34000 siendo el valor de compra 37000 y tributamos en su momento en la agencia tributaria.
    Recibo la liquidación aduciendo no aplicar coeficiente corrector en la fecha de la transmisión. Subiendo la BI a 44000eur.
    Lo tipico reclamando diferencia mas interes demora.
    He pensado cristina, en alegar y luego efectuar reclamación a TEARA. Creo oportuno no realizar reposicion.

    Necesitaria modelo de alegaciones ajustado a Andalucia donde me opondría por falta de motivación, falta de visita y indicar que utilizamos los medios a nuestro alcance facilitados por la adminitración para realizar el pago.
    También tengo una duda: mejor pagar antes de la reclamación para evitar intereses o no.
    Gracias por anticipado por tu ayuda

    Responder
  40. Muy buenas, he recibido una complementaria de la junta de andalucia por una vivienda que compre en septiembre de 2014 por 118.000 euros, ahora ellos tomando el valor catrastal multiplicado por un coeficiente de 2,24 estiman que el valor es de mas de 152.000 euros instandome a pagar unos 2800 euros. Me gustaría me echaras una mano a la hora de redactar el recurso frente al TEAR. Gracias.

    Responder
  41. Buenos dias, mi nombre es Rafa, mi caso es el siguiente: el año pasado compré un estudio en Torremolinos por 26000 euros el cual tiene un valor catastral de 15000 euros. hice y aboné mi liquidacion del impuesto de trasmsiones al 8% de 2080 euros, y hoy me llega una propuesta de liquidación en la que con el valor catastral y un coeficiente multiplicador me sube el valor del inmueble a 37000 euros con lo que me hacen pagar otros 980 euros de diferecia como complementarios a los 2040 euros ya pagados.
    Tengo derecho a hacer alguna alegació cuando se supone que yo debo liquidar por el valor de compra y no el que ellos digan?
    que documentos deberia aportar?
    debido al mercado inmobiliario el valor de mercado es 26000 euros e incluso menos, porque tengo que tributar por 37000 euros si es abusivo?
    que argumentos puedo alegar en este caso?
    gracias

    Responder
  42. Compre una vivienda en Andalucia en Noviembre de 2014 y pague el impuesto que decía la administración aunque el piso costo 37.500 € y ellos lo valoraron en 55.000 €, hoy me entero que podía haber alegado. ¿Qué plazo hay para alegar? ¿ y como se hace?
    Muchas gracias

    Responder
  43. Hola Cristina , te he mandado un correo con. Los datos y el. Documento pero estarás a tope y no habrás podido a tope … Gracias por tu ayuda ..

    Te explico:

    Compramos la casa en Sept de 2013 por 185.000 € y pague el 8% de esa cantidad , ahora después de 2 años Hacienda Junta de Andalucia me reclama una diferencia de 4112,34 + recargo intereses de demora de 395,64. Total 4.517.98 € según ellos por el valor catastral de 2008 la casa vale más de 230.000€

    El calculo que ellos hace es por el valor catastral de esta vivienda de 2008( 229.640,04 €) x1,03 .

    En 2014 revisaron el valor catastral en Almeria y ahora si tiene un valor mas real y por debajo de lo declarado por mi parte, pero ellos cogen el que estaba vigente en Septiembre de 2013 que es la revisan catastral de 2008.

    No se si se puede hacer algo y que posibilidades reales hay?. Quién puede prepararme. Las alegaciones ?

    Hay gente que dice que pida una tasación pericial contradictoria y que si la diferencia es de menos del 10% , me lo aceptan y así pago menos .

    Otros me dicen que lo pelee en tribunal económico administrativo , ya que el valor catastral a caducado y no está vigente . Ya que ellos toma la revisión de 2008 y en 2014 se revisó a la baja . Pero la casa se compro en 2013.

    Tengo un amigo tasador que podría hacerme la tasación ajustada a ese precio que no sobrepase el 10 % menos que ellos proponen .

    Ya me dices

    Responder
  44. Buenos días,

    Me gustaría que me aclararan unas cuestiones sobre una compra-venta.

    El 11 de octubre de 2011 mi padre compró una tierra de labor regadío. Años después, el 19 de agosto de 2015 recibió una propuesta de liquidación modelo de inspección, modelo p10, realizada por una ingeniera técnica. El 3 de septiembre un ingeniero técnico agrícola presentó un informe aclarando unas discrepancias que había en el terreno, ya que hay tierra productiva e improductiva. Cual fue nuestra sorpresa, cuando el 26 de noviembre de este año recibe una nueva propuesta de liquidación realizada por la misma ingeniera técnica, basada esta última en la encuesta de precios de la tierra en Andalucía del año 2011 (datos provisionales), multiplicando por más del doble la anterior liquidación.

    ¿Cómo es posible que una misma ingeniera técnica pueda dar dos liquidaciones distintas del mismo expediente?

    En escritura y en el Catastro, existen más tierra declarada que en la realidad. ¿Sería conveniente modificar la escritura y por tanto el catastro también, para ayudarnos a resolver estas discrepancias con respecto a la administración?

    Le agradecería cualquiera ayuda que me puedan dar de cuales son los pasos a seguir para demostrarle a Hacienda que los cálculos no son los correctos sin desembolsar una importante cantidad de dinero en ello.

    Muchas gracias.

    Responder
    • Buenas tardes.

      En lo que respecta a terrenos no estoy muy puesta. Pero es evidente que tienes que modificar la superficie.

      Se puede hacer encargando a un topógrafo una medición visada y presentando al catastro modelo para modificación.

      Un saludo.

      Responder
  45. Hola. Estupenda información la que das en esta página.
    Mi caso es el siguiente: Compré una plaza de garaje con trastero a una entidad bancaria por valor de 5700€. Escrituré y pagué el impuesto a la Junta por ese valor. Hoy he recibido una propuesta de liquidación dando valor de 25894,38€ y reclamándome 1688,36 € de diferencia.

    ¿Qué puedo alegar y qué necesito probar para ello?

    Gracias.

    Responder
    • Buenas tardes José.

      El tema de las plazas de garajes y/o trasteros es más peculiar. No suele haber diferencias de superficie y el estado de conservación «no existe», por lo que a efectos catastrales no hay mucho que reclamar.

      Sí es cierto que las ordenes que saca la Junta de Andalucía están basadas en estudios de viviendas, por lo que se podría alegar su no aplicación a uso no residencial, tal y como pasa en la Comunidad Valenciana.

      un saludo.

      Responder
  46. hola buenas Cristina, lo primero gracias de antemano, lo segundo que me a llegado una complementaria de 12800 euros, te explico un poco, compre una casa por 129.000 euros en malaga pague el 3.5% de iva al no superar los 130.000 euros, el valor catastral de la casa es el mismo que por lo que la compre 129000 euros, pues me a llegado la complementaria diciendome que el valor de la casa es de 172.000 euros y la tasacion que hizo el banco para la hipoteca fue de 140.000 euros.
    La verdad que por lo que e leido lo tengo bastante mal, pero igualmente voy a recurrir por que es mucho dinero.
    ¿Como lo ves tu? y ¿cuales seria los pasos a seguir? muchas gracias

    Responder
    • Buenos días Samuel.

      En absoluto lo tienes bastante mal. Depende de tu caso puedes tener posibilidades seguras de éxito o menos.

      Depende del número de titulares que hayan comprado, si hay anejos en la vivienda (plaza de garaje y/o trastero), si hay diferencia de superficie, etc….

      Si quieres envíame por email la propuesta que has recibido y la nota simple del registro de la propiedad para mirar si tienes alguna diferencia de superficie, ni te imaginas las que hay en muchos inmuebles.

      Un saludo.

      Responder
  47. Buenas tardes, Me ha llegado la complementaria , compre la vivienda en 2013 en benahadux por un valor de 72.000 € y me reclaman el valor catastral 74.720 x 1,56= 116563,56 cuando ni el valor de tasación que me dieron al hacer la hipoteca refleja ese valor 108.000 ya que la casa estaba en mal estaba por el antigüo propietario. Podria interponer alguna alegación con respecto al valor catastral ya que es de 2005? y con respecto a la tasación?

    Responder
    • Buenos días.

      Claro. Uno de los coeficientes correctores de los valores catastrales es el del estado de conservación, que por omisión es «normal» ya que el catastro desconoce ese dato.

      Por tanto, una de las alegaciones de tantas se puedan ajustar a tu caso es que no queda constatado que tu valor catastral tenga el coeficiente de estado de conservación que le corresponde, por tanto evidentemente documentación que lo acredite.

      Si necesitas ayuda adicional puedes enviarme email.

      Un saludo.

      Responder
  48. Hola Cristina:
    Compramos en Octubre de 2015 una casa en Espartinas por el valor de 69.093€ con una tasación de 99.000€, lo llamado «piso chollo». Pagamos un 3,5% de Itp y hoy nos ha llegado una carta del Registro de la Propiedad reclamando 1070€ + 11€ de demora (cuando la notificación es de hoy) ya que el ITP deberia de haberse hecho por el valor de la tasación. No entiendo mucho de esto..¿puedo reclamar o es mejor pagar? Muchas gracias de antemano

    Responder
  49. Muy buenas tardes Cristina: He recibido una propuesta de liquidación complementaria de la Junta de Andalucía por la compra de un apartamento en mayo de 2013 en la localidad de Roquetas de Mar (Almería). En esa fecha el valor de mercado de apartamentos y pisos bajo considerablemente, (lo que motivó esta adquisición) la compra importó 90.000 €. Realicé la liquidación de impuesto de TPAJD por la cantidad de 90.000 € al 8%.
    La liquidación que ahora me envían es el del valor catastral 77.770,15 € multiplicado por un coeficiente corrector de 1,48 asignándole un valor de 115.099,82 €. Valor superior al de mercado en esas fechas. En la actualidad ese coeficiente esta entorno al 1.2
    Mi pregunta ¿se puede recurrir dicha liquidación con posibilidades de ganar el recurso? Muchas gracias.

    Responder
    • Buenas tardes.

      Claro que sí, y posibilidades actualmente en la Junta de Andalucía depende de cada caso.

      Lo bueno es que hay reciente sentencia en Valencia del mismo método que lo tumba. Esperemos que incida en todas las Comunidades Autónomas.

      Mándame la notificación si quieres por email.

      Un saludo.

      Responder
  50. Buenas tardes Cristina.
    Primero felicitarte por la web, me parece muy interesante.
    Mi caso es el siguiente: la proxima semana escrituro por una vivienda que ha costado 12000€, el valor catastral por 1.35 coeficiente en Malaga es de 123000, que es lo que pensaba liquidar en el itp, el problema es que el banco lo ha tasado en 162500€ y en la inmobiliaria me advierten que la junta de me va a enviar complementaria y no podria abonar el impuesto reducido del 3.5
    Tú que opinas?
    Gracias

    Responder
  51. Buenas tardes, Cristina:

    El objeto de la consulta es preguntarte acerca de una propuesta de valoración que me hace la oficina liquidadora para imputarte la diferencia en el impuesto de transmisiones.
    Como bien decías en un post anterior, al ser obra nueva y no existir aún el valor catastral me toman el valor del suelo con un coeficiente de actualización a partir de la última ponencia, y para la construcción me aplican los módulos del colegio de Arquitectos.
    Entiendo que usar ese método es totalmente discrecional y arbitrario y, por tanto, puede ser alegado. Otra opción es que yo presentara una tasación contradictoria, pero en principio no quiero hacer un desembolso mayor para rebatir una valoración, que para mí, es de chufla.
    Además, no sé qué validez tiene que el liquidador sea el Registrador de la Propiedad y la valoración la emita un asesor técnico que, en modo alguno estimo, va a ser un funcionario.
    No obstante quería saber tu opinión y la mejor forma de encarar la alegación.

    Gracias anticipadas.

    Responder
  52. Hola Cristina,

    Soy seguidora tuya desde que me llegó la famosa «complementaria». Después de seguir tus pautas y consejos con otros afectados por este impuesto, nos decidimos – mi pareja y yo que somos propietarios al 50% – de presentar unas alegaciones bien argumentadas. Compramos en Julio de 2015 por una cantidad de 138.000+IVA y presentamos la tasación que todavía estaba en vigor con un valor hipotecario que no llega a 148.000€. En cambio, la Junta nos reclama por un valor de más de 195.000€ en base a su último año de revisión en 2011.
    También pusimos de manifiesto las observaciones que se reflejaban en la tasación que tuvimos que hacer para que nos concedieran el préstamo hipotecario, como la devaluación de mercado inmobiliario, caídas significativas, la abundante oferta frente a la escasa demanda y como figura en el mismo documento avalado por Tinsa: nuestra vivienda es «DIFÍCIL DE VENDER».
    En ningún momento hemos eludido sobre nuestra responsabilidad de pagar, pero acorde con el precio tasado en el momento de la compra, que tiene fecha posterior a la que el organismo presenta, dejando atrás el carácter especulativo o la burbuja inmobiliaria que pudiera existir anteriormente.
    No se si estimas motivos suficientes justificados, pero las alegaciones han llegado rechazadas con el documento 010 de pago dentro de un mes de plazo y ahora no sabemos que hacer. ¿Te importaría orientarnos para saber como proceder ante esta situación?

    Saludos

    Responder
  53. Buenas tardes Cristina espero tener alguna solución, pero me temo que es difícil,te cuento, soy agente inmobiliario y durante 2000-2007 me dedicaba a la compraventa de inmuebles y posterior venta con lo que me acogía al pago del 2% en ITP sabiendo que para ello debía de estar dado de alta en el correspondiente epígrafe. Hace una año empece de nuevo en el mundo inmobiliario y hablando con mi asesor nuevo le comente que quería invertir en viviendas con lo que me quería acoger al pago del 2%, recalcándole insistentemente en este hecho para luego no tener problema. Y mi sorpresa me ha llegado hoy cuando tras recibir una carta muy atenta de la junta de Andalucía en el que me reclama el 8%. Leyéndola detenidamente me dice los epígrafe que debía estar dado de alta y no coincide con el mio que es el 834. Así que creo que estoy bastante jodido y por culpa y de un mal gestor. Aunque tengo claro que me tendrá que responder o que su seguro de responsabilidad civil lo asuma. Espero una respuesta tuya por favor.

    Responder
  54. Buenas noches Cristina. Estoy a 3 días de que pasen los 6 meses para que el TEAR me responda. Obviamente no me responderá… Si tardan 1 año en responder me cobran esos intereses. Debo pagar ya? Gracias

    Responder
  55. Hola,

    Me gustaría saber que puedo hacer si se me ha cumplido uno de los plazos para aportar tasación en la via de tasación pericial contradictoria. Qué opciones tengo ahora?
    Esperando respuesta. Un saludo

    Responder
  56. Buenas tardes, Firmo la proxima semana una vivienda que me interesa pero ayer me dijo la inmobiliaria el valor fiscal y estoy por echarme atras. Escrituro en 155.000 euros. El valor fiscal es de 345.000 euros. Que me aconsejais?. Supongo que me llegará la complemenetaria por casi 200.000 euros, es decir unos 16.000 euros mas. Supongo que también mas sanciones etc… La pregunta es qué posibilidades hay de que no me llegue complementaria y segundo que opciones tengo de interponer un recurso a esa complementaria y ganarlo?

    Responder
    • Buenas tardes José Manuel.

      Aunque me hayas llamado por teléfono y haya quedado todo claro te doy mi respuesta también por este medio para que lo pueda ver más gente interesada.

      Dado que tienes clara diferencia de superficie, tu valor catastral está indebidamente elevado. Así que cuando compres, declarando el valor de compraventa, solicita al catastro modificación de superficie y nuevo cálculo del valor catastral.

      La tasación bancaria que tienes por un importe mucho menor al «valor fiscal» también te ayudará.

      Un saludo y suerte.

      Responder
  57. Buenas Noches.

    Compre una vivienda que se encontraba en concurso de acreedores cuyo administrador concursal impuso un precio de compra de 112.865 €. Me acaba de venir la complementaria de la junta en la que me dice que lo que tenia que haber tributado es 157.351,24 que es lo que estiman que es su valor real en vez de los de compra. La vivienda el banco para la hipoteca me la tasó en 150.009 €. En el IBI estiman el valor en 68.025 €
    Es correcta en este caso la complementaria y debo pagar lo que me dicen o puedo alegar alguna cosa para que esta sea lo menos posible?

    Un saludo

    Responder
  58. Buenas tardes Cristina, Estoy en Andalucía, Huelva, compre al banco dos naves por valor de 300.000 euros, la tasación fue de 359.000 euros, debido a que necesitabamos el 100 por cien de financiación, la hipoteca es de 270.000, pague el impuesto de tp por el valor de la compra y ahora me viene la liquidacion complementaria basándose en el valor de tasación.
    Es sabido que dado que tanto la venta como la tasación se realiza por parte del banco y el es un interesado en que salga la operación, dicha tasación se aumentó para que pudieramos acceder a la hipoteca y la operación saliera.
    pudo alegar algo para evitar el pago de esa liquidacion complementaria? muchas gracias de antemano.

    Responder

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