Plazos reclamaciones económico-administrativas
La Administración tiene de plazo SEIS MESES para contestar al escrito de alegaciones y el silencio administrativo se entiende como caducado (que no prescrito), por lo que puedes volver a recibir otra liquidación dentro del periodo anterior a su caducidad.Por el contrario, el TEAR tiene los siguientes plazo para resolver:– UN AÑO contado desde la … Leer más