La Gerencia Regional del Catastro de Cataluña está notificando a todos los propietarios de bienes inmuebles del municipio de Terrassa los nuevos valores catastrales que entrarán en vigor el 1 de enero de 2018.
La notificación consiste en informar del valor catastral y la cuota tributaria (importe del recibo del IBI) actuales, y del nuevo valor catastral y la nueva cuota tributaria a partir del 1 de enero de 2018.
PERO, a diferencia de otros municipios, los cuales aportan toda la información en sus notificaciones, para poder acceder al acuerdo de los nuevos valores de Terrassa, debe efectuarse antes del 30 de septiembre de 2017, accediendo al apartado «mis notificaciones», «acceso con clave concertada», de la Sede Electrónica del Catastro: https://www.sedecatastro.gob.es, introduciendo la clave que se facilita en la notificación del Catastro.
En caso de no acceder antes de la fecha indicada, no será posible la reclamación del nuevo valor catastral.
El Acuerdo de Notificación de Valor Catastral informa de una reducción en el recibo del IBI gradual durante los próximos diez años en caso de que el nuevo valor catastral supere al anterior. Información que se omite en la primera notificación, induciendo al error de un incremento poco significativo en la cuota tributaria. El nuevo valor catastral podrá recurrirse, en el plazo de un mes, mediante recurso de reposición y/o reclamación económico-administrativa.
Estoy detectando que la Gerencia Regional del Catastro de Cataluña está cometiendo ERRORES en la asignación de los nuevos valores catastrales resultando valores muy superiores a los que les debe de corresponder.
El valor catastral es clave para calcular los impuestos como el IBI, pero también se utiliza para girar comprobaciones de valores, para imputación de rentas en el IRPF, liquidación de la plusvalía municipal, etc., por lo que es muy importante no tener un valor catastral superior al que te corresponde, y ante una notificación de revisión catastral deberás revisar tu nuevo valor y recurrirlo en caso de disconformidad.
RECUERDA: Tienes hasta el 30 de septiembre para recoger el acuerdo del nuevo valor catastral de tu inmueble. En el plazo de un mes, tendrás que revisar tu nuevo valor y en caso de no estar de acuerdo mostrar tu disconformidad mediante los oportunos escritos de reclamación.
Puedes enviarme tu notificación para que la revise mediante este formulario:
Crea tu consulta en: Consultas Online