Respuestas de foro creadas
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Buenas tardes.
No puedes saberlo hasta que te llegue.
Tengo varias valoraciones con el mismo método en Benidorm, pero con que el perito cambie algún coeficiente no saldría lo mismo.
Claro que se puede recurrir, de hecho es el método que tumbó el TSJ en el año 2013.
Un poco de paciencia y espera a que te llegue la comprobación de valores con la valoración Administrativa, aquí estaré para ayudarte.
Un saludo.
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Buenas tardes.
Visto.
Alega que la base imponible es el 50% por ser extinción de condominio. Tanto «copia y pega» les ciega.
Una vez te rebajen a la mitad, y con el tipo de gravamen 1,25%, te he calculado que haciendo la tasación pericial contradictoria te saldría a pagar como mucho 119,58 euros + intereses. Con la ventaja de que te lo quitas del medio para siempre.
Digo como mucho porque al solicitar hacer la tpc, y antes de que entregues tú la tuya con un 10% menos, la Administración tiene que emitirte nueva valoración en base al método dictamen de perito, y ahí ya suelen bajar las valoraciones.
Un saludo.
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Buenas tardes.
Obligado a pagarlo… más bien si ni pagas ni recurres te embargarán.
Puedes enviarme por favor la notificación escaneada?.
El método de tasación bancaria en la Comunidad de Madrid lo están aplicado desde hace muy poquito.
Un saludo.
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30 noviembre, 2016 a las 22:10 en respuesta a: Liquidacion por valor de tasacion – Junta Andalucia #4521
Buenas tardes.
Correcto, al no respetar el valor publicado pueden aplicarte el método que quieran.
Comunidad Autónoma?
Un saludo.
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Buenas tardes.
Si no se reflejan en escritura no están en el Registro de la Propiedad y por tanto no existen.
Ahora bien. Mira a ver en el catastro por si acaso.
Un saludo.
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Buenas tardes Rubén.
La verdad es que en la Comunidad de Madrid se están pasando tres pueblos.
Como el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid se ha cargado el método que utilizaban antes, ahora se están tirando al método de tasación bancaria sin mirar nada más.
Si tienes valoración previa vinculante sacada en su día adjúntala al escrito de alegaciones que hagas. Porque es vinculante para ambas partes.
Un saludo.
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27 diciembre, 2016 a las 00:18 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4588
Buenas tardes.
Disculpa el retraso. Supongo que hayas hecho ya las alegaciones.
Me interesa mucho tu caso, pues no es habitual lo que comentas.
En Asturias (yo soy de Gijón), se gana mucho por defectos de forma. No te voy a decir por aquí cuales porque sé que miran la web.
Si quieres puedes enviarme la notificación por email.
Por cierto, puedes recuperar los gastos de tu hipoteca, incluido el impuesto, según sentencia del Tribunal Supremo: http://www.misgastosdehipoteca.es
Un saludo.
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27 diciembre, 2016 a las 00:14 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4587
Buenas tardes.
Sabiendo el método que aplican en Castilla La Mancha lo que puedes ir haciendo es comprobar la superficie que aparece en el Catastro con la del Registro de la Propiedad.
En caso de que la del Catastro sea mayor, moverte para solicitar modificación.
Como en Castilla La Mancha utilizan los datos catastrales para las valoraciones, demostrar que no son correctos sería la bomba.
Si no fuera el caso, nada, a esperar. Tenemos muy buenas sentencias, incluidas un par de ellas del Supremo que te pueden solucionar la papeleta.
Por cierto, puedes recuperar los gastos de tu hipoteca, incluido el impuesto, según sentencia del Tribunal Supremo: http://www.misgastosdehipoteca.es
Un saludo.
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27 diciembre, 2016 a las 00:09 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4586
Buenas tardes.
Claro que sí.
Es un método nuevo en la Comunidad de Madrid. Lo están aplicando desde que el TSJ se ha cargado las valoraciones que se han estado haciendo. Pero en otras Comunidades Autónomas se están ganando estos casos, siempre que se alegue lo correcto, pues por desgracia tenemos sentencia del Tribunal Supremo que da el método por válido.
Además. en el peor de los casos, siempre podrás recurrir a la tpc, garantizándote pagar menos.
Por cierto, puedes recuperar los gastos de tu hipoteca, incluido el impuesto, según sentencia del Tribunal Supremo: http://www.misgastosdehipoteca.es
Un saludo.
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27 diciembre, 2016 a las 00:06 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4585
Buenas tardes.
Claro que hay posibilidades, de hecho en alguna Comunidad Autónoma se gana muy fácilmente.
Si quieres envíame escaneada la notificación y te digo, a parte de lo que es el método en sí, si hay algún defecto de forma.
Por cierto, puedes recuperar los gastos de tu hipoteca, incluido el impuesto según sentencia del Tribunal Supremo: http://www.misgastosdehipoteca.es
Un saludo.
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27 diciembre, 2016 a las 00:02 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4584
Ok
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4 diciembre, 2016 a las 21:29 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4530
Buenas tardes.
Tenemos sentencia reciente del Tribunal Supremo que equipara el método «precios medios en el mercado» con el de «dictamen de perito», con todas sus consecuencias (firmado por persona con titulación adecuada, visita, etc).
También tenemos sentencias recientes de varias Comunidades Autónomas que indican se deba justificar tomar uno de los métodos contemplados en la LGT sobre otro en perjuicio del contribuyente, por lo que si la tasación bancaria te beneficia se puede entregar a la Administración.
Recuerda reservarte el derecho a la tasación pericial contradictoria, de la que tienes mucha información en esta web, para garantizarte, al menos un 10% del valor del inmueble en caso de no llegar a ganar el recurso.
Un saludo.
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4 diciembre, 2016 a las 21:22 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4529
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4 diciembre, 2016 a las 21:19 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #4528
Buenas tardes Juan Carlos.
En la Junta de Andalucía está fastidiado ganar el método que te han aplicado, valor catastral por coeficiente multiplicador, SALVO, que existan errores de superficie, mal estado de conservación (acreditándolo documentalmente) y/o defectos de forma. Diferencia de superficie y defectos de forma se dan muy habitualmente.
No ocurre lo mismo con el método «dictamen de perito», así que si la cosa está fastidiada, y finalmente no se gana, solicitando hacer la tasación pericial contradictoria, al tener la Administración que emitir nueva valoración, en base a este método, se puede recurrir si sigue estando elevada, y si la nueva valoración se reduce considerablemente, aportando la tuya de parte con el 10% menos, finalmente se llega a pagar muy poco.
Un saludo.
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1 diciembre, 2016 a las 13:51 en respuesta a: Liquidacion por valor de tasacion – Junta Andalucia #4524
Buenos días.
No, esa alegación no vale.
Podrías reclamar a la gestoría.
Pero de momento tienes que recurrir la comprobación de valores.
Estos tienen más cara que espalda, tenemos sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que dice que si el contribuyente demuestra un valor inferior en base a uno de los métodos legales tienen que escoger el que menos perjudique al contribuyente.
Por tanto, deberían de aplicarte el método valor catastral por coeficiente y reclamarte los 13 euros.
Un saludo.
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