Respuestas de foro creadas
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20 octubre, 2017 a las 17:43 en respuesta a: Comunicación de inicio del Proc. de Comprobación de Valores #5839
Buenas tardes Héctor.
Sí por favor, envíame la notificación por email y un teléfono de contacto.
Un saludo.
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Buenas tardes.
No entiendo muy bien lo que comentas. Parece que es debido a la ganancia patrimonial del IRPF, la cual se tributa sobre la ganancia que se ha obtenido.
Entiendo que hacienda no sabe el valor de adquisición y quiere averiguarlo para comprobar que se ha tributado correctamente, pero me parece ridículo que pidan una tasación a fecha de hace tanto tiempo.
Si me envías la notificación que has recibido por email podré indicarte mejor: info@liquidacionescomplementarias.es
Un saludo.
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16 octubre, 2017 a las 16:06 en respuesta a: Comprobacion de valores y liquidacion provisional #5830
Buenas tardes.
Claro que sí.
Tienes que comprobar antes si liquidaste por un importe igual o superior al que estaba publicado por la Administración. En ese caso no pueden girarte comprobación de valores. Así lo dice la Ley General Tributaria, aunque muchas oficinas liquidadoras no hagan caso a ello.
Si me envías la propuesta que has recibido por email puedo indicarte mejor, pues a parte de defectos de forma que puedan darse, no indicas Comunidad Autónoma de la vivienda.
Un saludo.
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13 octubre, 2017 a las 13:09 en respuesta a: Modelo 600 (Madrid) base imponible: escriturado mayor que valoración #5825
Buenos días.
Yo haría exactamente lo mismo que estás tú haciendo ahora. Legalmente no te pueden hacer comprobación de valores. Y si lo hicieran ganarías por acogerte al artículo 90 de LGT.
Un saludo.
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Buenos días.
Antes de ir a la vía contenciosa (juzgado), tienes que agotar vía administrativa, y en ésta no hay ni abogado ni procurador ni tasas ni costas.
Si pierdes en vía administrativa hay que mirar antes de ir a la contenciosa las posibilidades que tienes de ganar, porque sí, si se pierde lo normal es que te impongan las costas, igual que si se gana las costas son a tu favor.
Cuando te llegue la complementaria avísame.
Un saludo.
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Buenas tardes.
Disculpa el retraso.
Me puedes enviar por favor la notificación que has recibido por email?
Un saludo.
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11 octubre, 2017 a las 15:44 en respuesta a: Propuesta de regularización y tramite de audiencia #5817
Buenas tardes.
No pagues!!!. Ese método se gana con bastante facilidad.
Te mando un email.
Un saludo.
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Buenas tardes.
En las plazas de garaje es complicado la alegación de diferencia de superficie. Date cuenta que son muy pocos metros cuadrados y al ser una medición tan simple no suele haber diferencias.
Lo que no entiendo es tu afirmación de la diferencia de superficie común, pues esa superficie es imposible de saberse sin tener la medición completa tanto de la superficie total común como de la superficie privativa de cada predio.
Un saludo.
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11 octubre, 2017 a las 15:34 en respuesta a: ¿Devolución de importe ingresado por comprobación de valore? #5814
Buenas tardes.
Primero arregla lo de la complementaria y luego solicita devolución.
Un saludo.
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Buenas tardes.
Ahora a esperar a que os lleguen nuevas propuestas. No puedes hacer otra cosa. Te recomiendo empezar con alegaciones.
Un saludo.
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20 octubre, 2017 a las 17:45 en respuesta a: Comprobacion de valores y liquidación provisional #5840
Buenas tardes.
Me mandas por favor la notificación que has recibido y la nota simple del registro de la propiedad que tienes al final de la escritura de compraventa?
Un saludo.
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20 octubre, 2017 a las 17:41 en respuesta a: Comprobacion de valores y liquidacion provisional #5838
Buenas tardes.
Si no me dices la Comunidad Autónoma no te puedo indicar. Cada una tiene publicados sus coeficientes.
Un saludo.
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13 octubre, 2017 a las 13:10 en respuesta a: Comprobacion de valores y liquidación provisional #5826
Debe de ser un mes.
UN saludo.
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Pues entonces con la documentación que tienes solicita al catastro modificación de superficies y adjunta copia de ello en la reclamación que hagas contra la comprobación de valores alegando diferencia de superficie.
Un saludo.
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11 octubre, 2017 a las 15:43 en respuesta a: Comprobacion de valores y liquidación provisional #5816
Buenas tardes.
Primero tendrás que ver que datos te utilizan para obtener el valor catastral, y si hay alguno que sea incorrecto alegarlo.
Para la antigüedad hay un coeficiente concreto, el H. Para lo del ascensor no existe coeficiente. En los valores de la ponencia de valores no puedes meterte. Y la superficie la puedes consultar obteniendo una consulta descriptiva y gráfica del catastro.
Un saludo.
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