Respuestas de foro creadas
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Buenos días Marian.
Pues vaya abogado. Todos los casos de Valencia que he llevado personalmente ganados.
¿Me envías propuesta por email?, supongo te han aplicado el método dictamen de perito.
Un saludo.
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8 abril, 2014 a las 23:10 en respuesta a: Precaución compra vivienda usada Comunidad Valenciana #804
Hola Otrebla.
Que consejo esperas recibir, o compras o no compras. Si compras puedes liquidar por la salvajada que te marca la Administración o puedes liquidar el impuesto sobre el valor de compraventa y atenerte a lo que te llegará.
La lucha es larga pero normalmente se suele ganar.
Además siempre te queda la tasación pericial contradictoria que te rebajará el valor comprobado por la Administración en caso de perder, oportunidad que no tienes si pagas ahora por lo que te marca el recaudadordeimpuestossinescrupulos.
Un saludo.
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Buenas noches Luis.
Con el requisito imprescindible de alegar falta de motivación o error aritmético puedes solicitar la reserva a la tasación pericial contradictoria y con ello implícitamente se suspende la deuda hasta FINAL DE VIA ADMINISTRATIVA, pero no está demás decir que solicitas la suspensión de la deuda aunque se de por sentado.
Así que hasta que no emita fallo el Tear no tendrás que pagar si por desgracia no te da la razón.
Un saludo.
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Hola María José.
Yo nunca las he visto.
Si hay valoración a través de la web de la Comunidad de Madrid introduciendo la referencia catastral, pero no te ponen fecha de valoración.
Un saludo.
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Buenas noches.
Para evitar dejar sin respuesta tu consulta, tal y como hemos hablado en privado intenta solucionar la diferencia de superficie a tu favor que tienes en el catastro, irás adelantando «trabajo» para cuando te llegue la complementaria.
Un saludo.
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Hola Ivan.
Disculpa pero no tengo tiempo para responder a todo el mundo que me escribe.
Si compraste en enero de este año te están aplicando la orden de 2013 y OJO porque si tu municipio ha tenido revisión catastral a la baja en 2014 te habrán cogido el valor catastral de 2013, ya he visto que están haciendo esto y no pueden hacerlo porque el valor catastral que tienen que coger es el de la fecha de devengo del impuesto (el de la fecha de compra).
Un saludo.
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Hola Isa.
La ponencia de valores de Huelva es del año 2000, compraste en 2013, por lo que está caducada. Caducan a los 10 años según Ley del Catastro.
A parte de alegar la falta de motivación por no explicarte cómo está calculado tu valor catastral ni explicar en la Orden aplicada cómo se ha obtenido el coeficiente multiplicador.
Falta de visita para comprobar si tus datos catastrales coinciden con la realidad.
Importantísimo que compruebes la superficie de la vivienda en el registro de la propiedad y la compares con la que tienes en el catastro, muchas veces hay diferencias. Si catastro > registro propiedad se alega.
Un saludo.
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Hola Mark.
Perdona el retraso, ando a tope.
No he tenido nunca ningún caso, pero en mis búsquedas de jurisprudencias he visto un montón de veces que no te pueden enviar complementaria declaración de obra nueva y división horizontal porque se supone que el valor real es el que aparece en la licencia de obras, con toda su lógica, porque si la Administración acepta un valor para un bien luego no puede valorarlo en más.
Si sigues perdido y aún no has encontrado solución y además estás en plazo envíame por favor algún dato más.
Un saludo.
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14 abril, 2014 a las 21:56 en respuesta a: Todavía no he recibido complementaria. ¿Hago algo antes? #838
Buenas noches José Antonio.
Perdona el retraso.
No entiendo muy bien al preguntar si es mejor esperar la liquidación complementaria si estás diciendo que te reclaman en base a la tasación bancaria, por qué sabes que te van a usar ese método?
Tienen que notificarte al menos dos veces, si no fue posible en un primer intento han de hacerlo una segunda vez.
Me parece raro que hayan intentado visitar tu vivienda y que ahora usen la tasación bancaria.
Has de mirar primero si has respetado el valor de la Administración (valor catastral x coeficiente) y si no lo has hecho y éste valor es inferior a la tasación bancaria deberían explicar el motivo de aplicar un método y no otro en perjuicio del contribuyente.
Un saludo.
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Ester.
He estado un rato sin email porque se me ha llenado el buzón.
Te he escrito por email.
Un saludo.
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Hola José Manuel.
No es difícil en Valencia, pero sí ante la oficina liquidadora porque por desgracia van a comisión. Pero tenemos muy buenas sentencias del TSJ.
Mándame la propuesta si quieres por email.
Un saludo.
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Esta respuesta fue modificada hace 12 años, 7 meses por
Cristina Duart.
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Esta respuesta fue modificada hace 12 años, 7 meses por
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Hola Sergio.
Mándame por email la propuesta (primera carta) para mirarte tu caso.
Un saludo.
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Buenos días Jimenez.
Mucho dinero. ¿Me lo envias por email?
Un saludo.
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Hola Ester.
La Orden de 2014 es para compras de 2014, no te la pueden utilizar para 2013. La de 2013 tampoco te la puede aplicar porque compraste ANTES de su entrada en vigor.
Mira los coeficientes que había antes de publicarse la Orden de 2013: http://www.chap.gva.es/web/hacienda/ValenciaK2013.pdf
http://www.chap.gva.es/web/hacienda/CastellonK2013.pdf
http://www.chap.gva.es/web/hacienda/AlicanteK2013.pdfNo se cuánto te reclaman, pero si necesitas que te ayude en serio envíame la propuesta por email, tengo que mirar a parte más cosas.
Un saludo.
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Hola Ester.
Perdona pero no he visto tu escrito. Mándame un email si quieres con tu teléfono.
Perdonar pero es que con toda la gente que me escribe no me da tiempo a contestaros a todos.
Un saludo.
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