Respuestas de foro creadas
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19 septiembre, 2015 a las 20:19 en respuesta a: Propuesta de liquidación complentaria Cataluña #3234
Buenas tardes.
Por lo que me dices te han enviado el 50%, falta el otro 50%, llegará otra carta.
Si quieres envíame la propuesta que has recibido por email.
Un saludo.
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Buenos días.
Entiendo que la valoración de ITP ha sido por la parte de la finca que ha sido segregada.
Si quieres envíame por email las notificaciones y te lo miro mejor.
Un saludo.
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17 septiembre, 2015 a las 19:51 en respuesta a: Recurso de reposición : ¿ se suspende el pago ? #3221
Buenas tardes.
Se suspende la deuda siempre que te reserves el derecho a la tasación pericial contradictoria, y la reserva a la tpc solamente cabe alegando falta de motivación y/o error aritmético.
Si necesitas ayuda con el RR avísame.
Un saludo.
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14 septiembre, 2015 a las 19:42 en respuesta a: SE PUEDE RECURRIR HABIENDO RENUNCIADO A PRESENTAR ALEGACIONES #3213
Buenas tardes.
Me interesaría mucho ver ese documento que te hicieron firmar, quizás sea recurrible. Pero de no serlo así puede que se pueda iniciar el procedimiento de devolución de ingresos indebidos y con ello iniciar el procedimiento.
Un saludo.
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13 septiembre, 2015 a las 16:00 en respuesta a: Que tener en cuenta antes de comprar para evitar una Comprovacion de Valores #3203
Buenas tardes.
Una comprobación de valores en base a la tasación bancaria es bastante difícil de ganar, salvo que hayas respetado el valor de la administración (art. 134.1 de la Ley General Tributaria).
No sé que método te utilizarán, solo te queda esperar.
Un saludo.
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Buenas tardes.
Están obligados a contestar. El plazo que tienen es de seis meses, pero en muchas ocasiones se retrasan. Según en qué Comunidad Autónoma hasta 3 y 4 años.
De todas formas el plazo para imputar los intereses de demora en caso de fallo desestimatorio es sobre los 6 meses.
Ni caduca ni prescribe. Al cabo de seis meses se entiende como silencio administrativo negativo para que puedas dar el siguiente paso, pero yo te aconsejo que esperes al fallo, no pierdes nada.
Un saludo.
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7 septiembre, 2015 a las 12:05 en respuesta a: A todos los afectados de la Comunidad Valenciana #3191
Buenos días.
Los escrito emitidos de manera individualizada contra una normativa no salen dar resultado.
Cada contribuyente ha de luchar por su caso en concreto.
De todas formas si quisieras hacerlo yo lo dirigiría a la Generalitat Valenciana.
Un saludo.
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19 septiembre, 2015 a las 20:39 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #3235
Buenas tardes.
Plazos:
Respuesta alegaciones –> 6 meses (a más plazo caduca, que no prescribe)
Respuesta Recurso de Reposición –> 1 mes
Respuesta Tear –> 6 mesesUna vez pasado el plazo de la respuesta al recurso de reposición y de la respuesta del Tear, se entiende como silencio administrativo negativo a los efectos de que puedas dar el siguiente paso, pero yo siempre recomiendo esperar, pues tienen obligación de responder.
La solicitud de inicio de tpc aconsejo hacerla en caso desestimatorio del Tear y como alternativa al juzgado.
Un saludo.
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17 septiembre, 2015 a las 19:54 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #3222
Buenas tardes.
Inclúyelo mejor en la escritura de compraventa.
Un saludo.
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13 septiembre, 2015 a las 18:16 en respuesta a: A todos los afectados de la Comunidad Valenciana #3208
Buenas tardes.
Puedes pedir devolución de ingresos indebidos solicitado la diferencia del tipo de gravamen. La vedad es que tenían que haberte avisado en la notaría.
Un saludo.
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13 septiembre, 2015 a las 18:11 en respuesta a: Valor de tasacion del prestamo hipotecario superior #3207
Buenas tardes.
Que hayas respetado los valores mínimos a declarar en el impuesto. Según en qué Comunidad Autónoma esté el inmueble hay publicaciones anuales donde asignan los coeficientes multiplicadores a los valores catastrales.
Un saludo.
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10 septiembre, 2015 a las 09:11 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #3199
Buenos días.
Mencionas la compra con hipoteca, pero supongo que te han aplicado el método de valor catastral por coeficiente multiplicador, y no el de tasación bancaria.
Envíame la notificación si quieres por email junto con la nota simple del registro de la propiedad para mirar si tienes correcta la superficie en el catastro. En Castilla La Mancha suele haber muchas diferencias de superficie, más aún en casos de viviendas unifamiliares.
Un saludo.
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10 septiembre, 2015 a las 08:54 en respuesta a: A todos los afectados de la Comunidad Valenciana #3198
Buenos días.
El procedimiento de la tasación pericial contradictoria lo explico en este enlace: http://www.liquidacionescomplementarias.es/tasacion-pericial-contradictoria-tpc/
Centra primero tus esfuerzos en buscar que puedes alegar, es lo principal. La tpc es una opción que podrás ejercitar en caso de perder en vía administrativa. El objetivo es intentar ganar y no tener que llegar a hacer la tasación nunca.
Un saludo.
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7 septiembre, 2015 a las 19:23 en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #3194
Buenas tardes.
Ojo, porque el Plan General de Ordenación Urbana de Chiclana de la Frontera, en la que se basa la Ponencia de Valores está anulado por el Tribunal Supremo.
Mándame si quieres la propuesta para verla y te digo algo más.
Un saludo.
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Buenos días.
Puedes enviármelo al email: cristina@liquidacionescomplementaarias.es con tu número de teléfono.
Gracias y saludos.
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