Cristina Duart

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  • en respuesta a: dudas resolución tear valencia #2960

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Seguramente ha sido por no haber hecho la mención a la reserva de la tasación pericial contradictoria para que la deuda quedara suspensa.

    Un saludo.

  • en respuesta a: Y por fín llegó el sablazo definitivo #2958

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Tenemos muchas sentencias en otras comunidades con el mismo método que se ganan bien.

    Claro, envíamela escaneada.

    Un saludo.

  • en respuesta a: Liquidación Complementaria Alicante #2957

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Posibilidades sí hay, claro. Con el método anterior e la Comunidad Valenciana se ganaba muy bien. Pero con este método nuevo aún no tenemos sentencia del TSJ.

    Las posibilidades también dependen de cada caso.

    Si quieres envíame la propuesta por email.

    Un saludo.


  • Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes Judi.

    Se me cae el alma a los pies viendo casos como el tuyo, sinceramente. Esto es un despropósito total.

    Una vez que no hayas respetado el valor que ellos te marcan te pueden girar complementaria en base a cualquiera de los métodos establecidos en el art. 57.1. de la Ley General Tributaria, normalmente dictamen de perito de la Administración en Catalunya.

    O compras y te enfrentas luego a la comprobación de valores o no compres.

    Lo único que puedes hacer es es caso de que la vivienda esté en mal estado de conservación recoger todas las pruebas posibles antes de reformar.

    No es la primera vez que lo digo, quien más ha influido en la burbuja inmobiliaria es la propia Administración, precisamente por esto que comentas.

    Un saludo.

  • en respuesta a: Complementaria Agencia tributaria catalunya #2935

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Claro. Envíame por favor la propuesta junto con la nota simple del registro de la propiedad.

    Un saludo.

  • en respuesta a: TPC antes de recibir la complementaria #2932

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    La tasación pericial contradictoria es un procedimiento dentro de la comprobación de valores, es decir, no puedes solicitar hacerla sin haber recibido notificación de liquidación provisional.

    Otra cosa es que quieras dejar constancia del estado en que se encuentra la vivienda antes de iniciar las reformas. Te aconsejo, siempre y cuando la vivienda esté en mal estado de conservación, que pidas un informe a un arquitecto, pero SIN VALORAR EL INMUEBLE, solo estado de conservación con reportaje fotográfico, no necesitas una tasación para nada.

    Espero haberte ayudado.

    Un saludo.

  • en respuesta a: ESTIMACION TEAR ALICANTE RECLAMACION ECO-ADMNISTRATIVA #2925

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Sí pueden enviar otra liquidación durante los próximos cuatro años.

    De todas formas habéis ganado un tiempo precioso porque en caso de que os volviera a llegar calcular otro año hasta que se resuelva en el Tear, y para entonces espero tengamos ya sentencia favorable del TSJ.

    Un saludo y suerte!!

  • en respuesta a: Devolución ingresos indebidos plusvalia municipal #2924

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Entiendo que os estáis refiriendo al impuesto de la plusvalía, el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, que precisamente lo que pretende gravar es el enriquecimiento, cosa que en muchas ocasiones no sucede. Creo recordar que el primer TSJ que se pronunció al respecto es el de Castilla La Mancha.

    Tenemos este impuesto en el Tribunal Constitucional.

    Me lo apunto para hacer un artículo con todo detalle.

    Gracias por participar.

    Un saludo.

  • en respuesta a: Liquidacion complementaria Alicante. #2944

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Ya no hay nada que hacer, lo siento. Cuando las cosas se hacen mal a veces no tienen solución. Aunque la haya ayudado una amiga abogada si no conoce el tema lo más fácil es que meta la pata.

    Por lo que veo se ha centrado en demostrar que se compró al precio declarado, error muy común y que de nada sirve alegar, pues lo que dice el impuesto es que hay que pagar sobre el «valor real» que nada tiene que ver con el valor de compraventa. Tener claro esto es el pilar fundamental de las comprobaciones de valores.

    Puedes pedir daños y perjuicios a la abogada, tendrá seguro de RC.

    Perdona pero no soporto que la agente se comprometa a ayudar sin saber, casos como el que comentas los veo con demasiada frecuencia.

    Un saludo.

  • en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #2943

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Entiendo que te han utilizado valor catastral por coeficiente multiplicador.

    Si demuestras que tu valor catastral no es correcto lo tienes bastante fácil. Cómo se mira si tu valor catastral es o no correcto?. Básicamente con el coeficiente de estado de conservación y el tema de la superficie.

    Generalmente el coeficiente del estado de conservación I es 1 (normal) porque el catastro desconoce los estados de los inmuebles. Deberías de solicitar un desglose de tu valor catastral para confirmar que tu I=1 y mediante la documentación que tienes solicitar que te pongan el estado de conservación que le corresponde (ver norma 13 del Real Decreto 1020/93).

    Un saludo.

  • en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #2942

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    Claro que lo hay: http://www.aragon.es/DepartamentosOrganismosPublicos/Departamentos/HaciendaAdministracionPublica/Tributos/AreasTematicas/ValoracionesInmobiliarias/Valores_Inmuebles_CA_Aragon/ci.Normativa_valoraciones.detalleDepartamento?channelSelected=0

    Mira a ver si el valor catastral multiplicado por el coeficiente multiplicador es mayor o menor al valor declarado. Si declaraste por encima del valor fiscal NO PUEDEN hacerte comprobación de valores.

    De todas formas es preciso saber que valor de tasación te han cogido, si el de tasación o el valor de tasación para que sirva de tipo en subasta, que no es lo mismo. Puedes leerlo aquí: http://www.liquidacionescomplementarias.es/valor-de-tasacion-para-que-sirva-de-tipo-en-subasta/

    Un saludo.

  • en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #2941

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    No es lo mismo comprar una vivienda en subasta pública que comprárselo a alguien que lo haya adquirido en subasta pública.

    He mirado la documentación que me has enviado por email, pero falta casi lo más importante, los testigos que te han escogido para aplicarte el método de comparación.

    Después hablamos.

    Un saludo.

  • en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #2940

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Perdona el retraso. Te acabo de responder por email. El plazo es de seis meses desde la recepción de la notificación.

    Un saludo.

  • en respuesta a: Liquidacion complementaria Alicante. #2931

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenos días.

    No entiendo nada, el recurso de reposición es anterior a la reclamación económico administrativa ante el Tear.

    Qué es exactamente lo que te han desestimado, el RR o la reclamación del Tear?

    Un saludo.

  • en respuesta a: ¿Acabas de recibir una liquidación complementaria? #2907

    Cristina Duart
    Super administrador

    Buenas tardes.

    Yo iría al Tear, porque no creo que estén muy ilusionados en contestarte y por ello tardarán un montón.

    Un saludo.

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