Fuenlabrada – Estimación Recurso de Reposición – Tasación bancaria

Fuenlabrada

A tenor de la reciente publicación Comunidad de Madrid y el método de tasación bancaria, en el que manifiesto lo impresionante que es ver cómo, aun demostrando que se liquidó por un importe igual o superior al publicado por la Administración, las oficinas liquidadoras, el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid e incluso el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, no hacen ni caso y desestiman con total impunidad, a pesar de estar actuando en contra de nuestro sistema legal.

Eso sí, existen algunos responsables honrados en algunas oficinas liquidadora en la Comunidad de Madrid, que estiman las alegaciones y/o recursos presentados cuando se demuestra que se ha liquidado por un importe igual o superior al valor publicado por la propia Comunidad de Madrid.

Este es el caso de la Oficina Liquidadora de Fuenlabrada.

Adjunto RESOLUCIÓN DE RECURSO DE REPOSICIÓN, donde «SE RESUELVE ESTIMAR el recurso sobre la base de los fundamentos anteriormente expuestos, anulando la liquidación impugnada”.

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Oficina liquidadora: Fuenlabrada

Valor declarado: 162.925 euros

Tipología: Piso + dos plazas de garaje + dos trasteros

Fecha de compra: 25 de octubre de 2018

Fecha recepción propuesta de liquidación: 19 diciembre de 2018

Fecha entrega alegaciones: 28 de diciembre de 2018

Fecha recepción liquidación provisional: 9 de febrero de 2018 (desestimando las alegaciones)

Método de comprobación: Tasación bancaria

Valoración administrativa en base a la tasación bancaria: 237.265,08 euros

Valoración según publicación de Sistema de Ayuda al Contribuyente de la Comunidad de Madrid: 96.872,70 euros (inferior al valor declarado – se aportó tasación)

Importe reclamado: 4.460,40 euros

Fecha resolución recurso de reposición: marzo de 2019

 

Si no se intenta no se consigue

 

Descarga: RESOLUCION-RR-ESTIMADO

 

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2 comentarios en «Fuenlabrada – Estimación Recurso de Reposición – Tasación bancaria»

  1. Es un placer encontrarse con un sitio como este, se agradece encarecidamente. Imagino que llegar aquí viene motivado en la búsqueda de jurisprudencia-comentarios en relación a casos de «injusticia tributaria». Ya estaba en la pista de determinadas resoluciones y gracias a la autora voy a echar un largo fin de semana en la lectura de la web. Sabe la autora si hay resquicios en la comprobación de valores apoyada en la tasación hipotecaria en Castilla la Mancha?????

    Gracias de antemano.

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    • Buenas tardes Roberto.

      En Castilla La Mancha aún no hay jurisprudencia en base a la tasación bancaria, que yo sepa, pues tarda tanto en contestar el TEAR (unos tres años) que las sentencias del TSJ que están saliendo a día de hoy son todavía en base a métodos que utilizaban con anterioridad.

      Un saludo.

      Responder

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